Valgesta Nueva Energía: 1.893 GWh/año adjudicados entre 2016 y 2021 tendrán término anticipado de contratos

Boletín de la consultora señala la importancia de «evaluar de manera profunda los mecanismos vigentes para cubrir las necesidades de suministro de los clientes regulados».

En el marco de las licitaciones de suministro eléctrico a clientes regulados, un total de 1.893 GWh/año de volumen de energía adjudicada entre 2016 y 2021, tendrán término anticipado de contrato, planteando un mayor escenario de incertidumbre en vista a los futuros procesos licitatorios que se realizarán desde 205 hasta 2028, según lo anunciado por la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Estas son las estimaciones de Valgesta Nueva Energía, en el análisis mensual de su boletín informativo, en que aborda el desafío de proyectar las necesidades de suministro de las empresas distribuidoras, poniendo la atención en el volumen de energía que no se adjudicó en las licitaciones de 2022 y 2024, que llega a 873 GWh/año, junto al fenómeno del término anticipado de contratos, iniciado en 2023 y que actualmente se verifica en los casos de los suministradores Huemul Energía (374 GWh); María Elena Solar (289 GWh); Copihue Energía (280 GWh); Cox Energía (140 GWh); Energía Renovable Verano Tres (540 GWh) y Parque Eólico San Andrés (273 GWh).

Según el análisis de la consultora, esto plantea una serie de interrogantes en torno al tema: «las estimaciones asociadas al nivel de contratación, que acostumbraban a ser bastante certeras, comenzaron a presentar un grado mayor de incertidumbre producto del término anticipado de contratos adjudicados a partir de 2016».

Valgesta sostiene que ello «presenta un panorama complejo en 2027 (o incluso antes), ya que de no ser exitosa la próxima licitación, que se reduzca la oferta contratada o que se produzca un crecimiento mayor de la demanda, podría incluso llegar a requerirse la realización de “Licitaciones Excepcionales de Corto Plazo”, o bien, el mecanismo de traspaso de consumos para cubrir las necesidades que exceden el suministro contratado, tal como lo establece la ley».

El documento plantea la necesidad de evaluar de manera profunda los mecanismos vigentes para cubrir las necesidades de suministro de los clientes regulados: «Por una parte, se requiere definir si se desea avanzar hacia un mecanismo de comercialización gradual y creciente en el tiempo, lo que reemplazaría el actual esquema», lo que requiere el diseño de un modelo que asegure las inversiones en energías renovables hacia el futuro.

«Por último, y no menos importante, se debe tener presente que las leyes de estabilización de tarifas han introducido altos niveles de incertidumbre a los agentes del mercado, lo que se traduce en que una parte relevante del segmento de generación no esté disponible (o al menos más reticente) para seguir participando del suministro eléctrico regulado», se concluye.

Electromineria, 15 de noviembre de 2024

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